Deniz polisinden Adalar çevresinde 'deniz taksi' denetimi

El órgano rector del fútbol europeo impuso una multa de 5.000 euros al Brann por "mensajes provocativos de carácter ofensivo" durante un partido de la Liga de Campeones femenina, y rechazó la apelación presentada por el club en marzo del año pasado.

El Brann también fue multado en otro incidente y llevó el asunto ante el TAS, que dictaminó que las reglas de la UEFA "deben interpretarse a la luz de los derechos humanos fundamentales, como la libertad de expresión".

El presidente del Brann, Aslak Sverdrup, expresó su gran satisfacción con la decisión del TAS, diciendo: “No todos los días un club de Noruega representa a todo el fútbol europeo, pero hoy realmente lo hacemos. En un mundo donde la libertad de expresión está bajo ataque, esta es una decisión importante y correcta”.

Brann informó que las decisiones del comité disciplinario y del comité de apelaciones internas de la UEFA fueron anuladas.

En un comunicado relacionado, la UEFA dijo: "En el presente caso, el TAS no confirmó de ninguna manera que la libertad de expresión justifique el uso de expresiones ofensivas por parte de los supuestos 'aficionados'".

"Además, el TAS confirmó que la UEFA tiene un interés regulador legítimo en garantizar la seguridad pública y prevenir disturbios o comportamientos inapropiados durante un partido de fútbol".

"Los órganos disciplinarios de la UEFA seguirán aplicando una política de tolerancia cero hacia comportamientos inapropiados para asegurar que los partidos de la UEFA no se vean empañados por violencia, racismo o conductas ofensivas".

Espaniol News Agency Espaniol News Agency

 

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